Otro tollo juridico de la Junta Central Electoral



POR PASTOR VASQUEZ
ceyba@hotmail.com

No muy bien nos acabamos de reponer de la escandalosa violación a los más elementales principios del Derecho Constitucional con el caso del doctor Bernardo Santana Páez, a quien se le impidió inscribirse como candidato a diputado, cuando los incontrolables y soberanos jueces de la Junta Central Electoral vienen con otro tollo jurídico que no tiene comparación en la historia.
Los jueces de la Junta para hacerse los graciosos con la sociedad y con los poderes internacionales que luchan contra el negocio ilícito de las drogas, han anunciado que acudirán a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) para depurar a los candidatos.
Cuando vi esto, pensé que se trataba de una broma, pero cuando avancé en la lectura, me dije: ¿Nos estamos volviendo loco o más sinvergüenza de lo que somos?
¿Dónde estarán los juristas de este país? Esta es una afrenta espantosa y peligrosa a la Constitución de la República, a la carta magna que acabamos de proclamar el 26 de enero.
Amigos mío, yo soy prácticamente un muchacho, pero pienso que tengo la suficiente madurez para advertir del peligroso sendero anti-jurídico que venimos trillando en nombre de la lucha contra las drogas.
La cantante negra norteamericana Josephine Baker, acosada por el racismo, dijo una vez, “tenemos que cuidar las cosas pequeñas para que luego no nos quiten las grandes”.
¿A caso la Constitución de la República no le otorgó la facultad al Ministerio Público de dirigir los procesos de investigación, la Policía Judicial?
La Junta Central también se pone por encima del debido proceso, previsto en el Código Procesal Penal y usurpa funciones al entrar en un campo institucional que no le corresponde.
Veamos el artículo 169 de la Constitución: “El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en nombre de la sociedad”.
¿Ustedes ven como la Junta se pone a la vanguardia en la investigación en materia criminal para dizque llevar eso al terreno electoral, sobrepasando las atribuciones que le confiere la ley 275?
En esa acción ilegal e irreflexiva arrastra a una institución que, como la DNCD, obedece jerárquicamente a la superior estructura de mando del Poder Ejecutivo y que en materia de investigación debe ir de las manos con el Ministerio Público, al cual se le han dado jerarquía constitucional como ya hemos visto.
¿Y el principio de la presunción de inocencia previsto en el artículo 69, apartado 3, ya fue derogado por la sagrada Junta Central Electoral?